Los tribunales ourensanos han condenado a Lorena P.F a dos años de prisión y una multa de 2.800 euros por espiar y difundir conversaciones de Whatsapp del teléfono de su marido.
La sentencia considera probado que «con intención de conocer información privada y personal de su marido y sin el consentimiento de este, accedió al contenido de su teléfono móvil». Dicho acceso se produjo, según se recoge en la sentencia, tras acceder al móvil usando el pin del mismo sin que el marido se la hubiese dado; una vez hecho esto, hizo capturas de pantalla de algunas conversaciones y las difundió entre un grupo de amigos de la, en aquel entonces, pareja.
En la exposición de motivos, la sentencia considera probado que los hechos son constitutivos de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, hechos sobre los que el magistrado, ha declarado tener convencimiento sobre la culpabilidad de la acusada, a pesar de que esta manifestó que ambos usaban sus móviles de forma indistinta y sin ningún tipo de prohibición al respecto.